Demanda de beneficios sociales de trabajadora doméstica
Demanda de beneficios sociales de trabajadora doméstica
Sec.:
Exp.:
Cuaderno:
Escrito N° : 1
Sumilla: Pago de beneficios sociales de trabajadora doméstica
SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE CUZCO:
CIRO CORTZ, identificado con D.N.I, N° 23 456 234, con domicilio real en la Calle Los libertadores N° 432, distrito de Los Olivos, Cuzco; y domicilio procesal en Avenida Los Incas N° 987, distrito de Los Vinos, Cuzco; ante Ud. me presento y digo:
I. PETITORIO:
Por la vía procesal sumarísima INTERPONGO DEMANDA DE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES contra mi empleadora LOS LILIPUTIENSES S.A., a quien se le notificará la presente demanda en su domicilio del Jr. .......... N° 987, distrito de Los Olivos, Cuzco, para que cumpla en abonarme la suma de S/. 888 nuevos soles, más intereses, costas y costos, por los conceptos de compensación por tiempo de servicios y récord trunco vacacional.
II. SITUACIÓN LABORAL:
Situación:
Fecha de Ingreso:
Fecha de cese:
Record laboral:
Última remuneración:
Sin vínculo laboral vigente 1 de enero de 2014 al 28 de febrero del 2020 6 años, 1 mes S/. 400 Nuevos Soles
III. JUEZ COMPETENTE Y VÍA PROCEDIMENTAL:
Es competente para conocer la presente demanda el Juez de Paz Letrado del distrito de Los Olivos, conforme al inciso 1 del artículo 3, y el numeral 3, inciso "c", del artículo 4 de la Ley N° 26636, Ley Procesal de Trabajo, correspondiendo su tramitación en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO, conforme al artículo 70 de la misma norma.
IV. FUNDAMENTOS DE HECHO:
RELACIÓN LABORAL: EI 1 de enero de 2014 ingresé a trabajar para la demandada como empleada doméstica, función que desempeñe hasta el día 28 de febrero del 2020, fecha en la que renuncié a mi cargo por motivos personales. Mi relación laboral la acredito con la carta de recomendación que elaboró mi empleadora el 1 de marzo del 2020, esto es, un día después de mi cese, en la que se consigna que mi tiempo de servicios bajo sus órdenes fue de cuatro años y un mes.
DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS: Que, si bien el 28 de febrero del 2020 mi ex empleadora la demandada cumplió con liquidar y pagar el total de mis remuneraciones; sin embargo hasta la fecha no ha cumplido con abonarme el monto que me corresponde por compensación por tiempo de servicios, por los cuatro años y un mes de servicios domésticos que desempeñé a su servicio.
V. DEL RECORD TRUNCO VACACIONAL:
Si bien he gozado de todos mis descansos vacacionales anuales por los cuatro años de servicios en mi trabajo, sin embargo en la liquidación efectuada mi ex empleadora la demandada no ha consignado ni pagado monto alguno por concepto de récord trunco vacacional, esto es, por los meses de enero a febrero de este año 2020.
V. FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Amparo mi demanda en el articulo 22 del Decreto Legislativo N° 713, en los artículos 3 inciso 1 y 4 numero 3, inciso "c", de la Ley N° 26636, Ley Procesal de Trabajo, y en las demás disposiciones aplicables al caso.
VI. MEDIOS PROBATORIOS:
Carta de renuncia presentada a mi ex empleadora el 28 de febrero del 2020 (anexo 1-B).
Carta de recomendación elaborada por mi ex empleadora la actual demandada el 28 de febrero del 2020, con la cual acredito mi relación laboral (anexo 1-C).
Liquidación elaborada por mi empleadora el 28 de febrero del 2020, con la cual acredito mi relación laboral y mi fecha de cese (anexo 1-D).
Declaración de parte que deberá efectuar la demandada, conforme al pliego cerrado que se anexa a la presente demanda (1-E).
VI. MONTO DEL PETITORIO:
Compensación por tiempo de servicios:
Remuneración computable:
J-2 Sueldo básico: 300/2= 150
Periodo computable: Del 1 de enero de 2014 al 28 de febrero de 2020 (6 años y un mes): 150*6=900 + 150/12 * 2 = 25
Total:
S/. 925 nuevos soles
Vacaciones truncas 2 meses: 150/12 * 2 = S/. 25
TOTAL: S/. 950 nuevos soles
ANEXOS:
1-A Copia de mi D.N.I.
1-B Carta de renuncia presentada a mi ex empleadora el 1 de febrero del 2020.
1-C Carta de recomendación elaborada por mi ex empleadora el 1 de febrero del 2020.
1-D Liquidación elaborada por mi empleadora el 1 de febrero del 2020.
1-E Pliego cerrado para declaración de parte.
POR TANTO:
A usted, señor Juez, ruego admitir la presente demanda y declarar!a fundada en su oportunidad, por ser de justicia.
Cuzco, 30 de diciembre de 2020
Firmas: abogado y demandante