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Excepción de Naturaleza de Acción


26. EXCEPCIÓN DE NATURALEZA DE ACCIÓN 

Juzgado:
Exp. :  
Sec.:

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO PENAL DE LIMA. 


S.J. 

LUNRLEL LIRD con DNI 21 876 345, en la instrucción que se me sigue por delito contra el Patrimonio -Hurto simple-, en agravio de ROLAND FORKS, a Ud. digo: 

Fundado en lo dispuesto por el artículo cinco del Código de Procedimientos Penales y el artículo 208 del Código Penal, deduzco la excepción de Naturaleza de Acción por los fundamentos que paso a exponer: 

1. Por la Resolución dictada el 22 de agosto de 2020 se decretó la apertura de instrucción a mi persona por el despacho a su cargo, incriminandoseme el delito de hurto simple-

2. Como manifestó de forma preventiva el agraviado ROLAND FORKS el mismo es esposo de mi hermana LEONOR LIRD, por lo que es mi cuñado quien vive en mi casa junto a mi hermana y mis sobrinos.
  
3. La nootbook de la cual me apoderé lo vendí para cubrir los pagos en concepto de alimentos de mis sobrinos que son niños: MARCK (dos años), LENDLI (cuatro años) y MELANY (6 años), a los cuales los tiene abandonados, pues mi cuñado el hoy agraviado no provee ningún dinero o recurso para la manutención de sus hijos y ante tal necesidad hice lo que hoy es caso de estudio en la presente causa.

4. Que conforme al artículo 208 inc. 3 del Código Penal no son reprimibles, sin perjuicio de la reparación civil, los hurtos, apropiaciones, defraudaciones o daños que se causen: 
...3) los hermanos y cuñados, si viviesen juntos. 

En consecuencia, el hecho que se me incrimina no es justiciable penalmente por estar exento de pena. 

POR LO EXPUESTO: 

Pido a Ud. tener por deducida esta excepción, tramitarla conforme a su naturaleza y oportunamente declararla fundada. 

Cuzco, 20 de octubre de 2020


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