Deducción de Excepción de Cosa Juzgada
12. EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA
Juzgado:
Secc:
Exp:
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO PENAL DE CUZCO.
S.J.
LEONARDO BILTZ, con DNI Nº 21 345 543, en la instrucción que se me sigue por delito contra la vida, el cuerpo y la salud -Lesiones graves-, en agravio de LEONCIO KIRKUT, a Ud. con respeto digo:
En base a lo dispuesto por el inciso 13 del artículo 139 de la Constitución Política del Estado que ordena: "...La prohibición de revivir procesos fenecidos con resolución ejecutoriada. La amnistía, el indulto, el sobreseimiento definitivo y la prescripción producen los efectos de cosa juzgada...", y el artículo 6, inciso "c" del Código de Procedimientos Penales dispone cuanto sigue: "Las excepciones que pueden deducirse son las siguientes: ...Cosa juzgada, cuando el hecho punible ha sido objeto de una resolución firme, nacional o extranjera contra la misma persona..." por todo ello DEDUZCO LA EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA pues por los mismos hechos y agravios sufridos por LEONCIO KIRKUT, se me siguió un proceso penal ante el 1º Juzgado Penal, el cual culminó por medio de la Sentencia Nº 123 del 20 de octubre del 2020 en el cual se me condenó a 3 años de pena privativa de libertad y al pago de seis mil soles en concepto de reparación civil por los daños sufridos por la victima, esto lo acredito por medio de la copia certificada de dicha sentencia agregada a estos autos a fojas 32 y 34, a su vez es muy importante mencionar que esta condena la he cumplido en su totalidad.
POR LO EXPUESTO:
Pido a Ud. tener por deducida esta excepción, tramitarla conforme a su naturaleza y oportunamente declararla fundada.
Cuzco, 03 de diciembre de 2020
Firma del recurrente.